En España llevamos meses oyendo que “llega la ley influencer”. Como agencia de marketing en Madrid, este tema nos interesa porque afecta directamente al rubro. Si eres creador digital o tienes una marca con muchos seguidores en redes sociales, esto también podría afectarte, así que sigue leyendo.
Es importante entender que no es una única norma, sino dos piezas distintas que trabajan juntas: por un lado, el Real Decreto 444/2024, que regula a los grandes creadores de contenido que ya se comportan como medios; y por otro, el nuevo Código de Conducta de influencers, en vigor desde octubre de 2025, que explica cómo deben etiquetar la publicidad en redes sociales.
Dicho de forma simple: la ley marca quién debe cumplir requisitos formales (registro, supervisión, normas audiovisuales), y el código marca cómo comunicar que un contenido es publicitario.
Qué regula exactamente la Ley influencer
El Real Decreto 444/2024 desarrolla la Ley General de Comunicación Audiovisual y crea una nueva figura legal: la del usuario de especial relevancia (UER).
A partir de ciertos niveles de ingresos y audiencia, un creador de vídeo deja de ser “solo un influencer” y pasa a considerarse un prestador de servicios audiovisuales.
Esto no significa que todos los creadores deban registrarse, sino solo aquellos que cumplen tres condiciones concretas.
Requisitos para ser considerado UER
Según el BOE, un influencer pasa a ser “usuario de especial relevancia” cuando cumple los tres puntos siguientes:
- Gana más de 300.000 € al año por su actividad en plataformas de vídeo (también cuenta lo recibido en especie, como productos o viajes).
- Tiene más de 1 millón de seguidores en una sola red, o más de 2 millones sumando varias.
- Publica al menos 24 vídeos al año, sin importar la duración.
Si cumples los tres, entras dentro de la Ley influencer y debes inscribirte en el Registro Estatal de Prestadores de Servicios de Comunicación Audiovisual.
El registro se hace de forma online a través de la CNMC y sirve para que el organismo supervise que los contenidos cumplen las reglas generales:
- Protege a menores
- Identificar la publicidad
- Y respetar las normas sobre comunicaciones comerciales
El Real Decreto entró en vigor el 2 de mayo de 2024, y dio dos meses de plazo a quienes ya cumplían los requisitos para registrarse.
Más allá de las especificaciones del decreto, para entender mejor la relación entre audiencias y categorías de creador, si te interesa, aquí desglosamos a partir de cuántos seguidores se considera influencer.
Qué pasa si no cumples esos requisitos
Si no llegas a esos niveles de ingresos o audiencia, no tienes que inscribirte en el registro.
Pero eso no significa que puedas hacer publicidad sin control: sigues obligado a identificar claramente el contenido publicitario.
Y aquí entra en juego la segunda parte de esta historia.
El nuevo Código de Conducta de influencers (2025)
A partir del 1 de octubre de 2025, las principales asociaciones del sector (aea, IAB Spain y AUTOCONTROL) ponen en marcha el nuevo Código de Conducta de publicidad a través de influencers.
No es una ley, sino autorregulación, pero en la práctica se aplica a la mayoría de las marcas y agencias que trabajan en España.
Este código detalla cómo deben los creadores identificar un contenido patrocinado. Y lo hace con reglas simples:
Palabras válidas
- “Publicidad”
- “Publi”
- “Colaboración pagada con [marca]”
- “Patrocinado por [marca]”
Palabras no válidas
- “colab”, “ad”, “sponso”, “gracias a [marca]” (no dejan claro que es contenido publicitario).
Además, la mención debe ser visible desde el primer momento del contenido, no escondida entre hashtags ni al final del texto.
En vídeos, stories o reels, debe verse antes de reproducir el contenido o justo al empezar.
Qué implica la ley del influencer para las marcas y agencias
Si trabajas con creadores de contenido, la Ley influencer te afecta más de lo que parece.
A partir de ahora conviene:
- Comprobar si tu colaborador entra en la categoría UER. Si es así, pídele el número de registro o el justificante de inscripción.
- Revisar los contratos. Asegúrate de incluir una cláusula sobre identificación publicitaria: qué palabras se usarán y dónde deben colocarse.
- Guardar evidencias. Mantén copias de los acuerdos, creatividades y capturas donde se vea la palabra “publicidad”.
En caso de revisión o denuncia, estas pruebas marcan la diferencia.
Formar a tu equipo y a los creadores. La mayoría de sanciones vendrán por desinformación o descuido, no por mala fe.
Por otro lado, si trabajas con creadores, conviene ordenar el proceso —desde objetivos hasta revisión legal— con una guía para planificar una campaña de marketing de influencers.
Qué cambia a partir de ahora con la ley del influencer en España
Transparencia como norma básica
La transparencia se convierte en la regla del juego. Los seguidores deben poder reconocer fácilmente cuándo un contenido es publicitario. No basta con un hashtag perdido o una mención ambigua: el mensaje tiene que dejarlo claro desde el principio. Esa honestidad mejora la confianza del público y protege tanto a la marca como al creador.
Responsabilidad compartida entre marcas e influencers
Si un contenido patrocinado no está correctamente identificado, la responsabilidad no recae solo en el influencer: la marca que lo contrató también puede ser sancionada. Por eso, cada acuerdo debe incluir instrucciones claras sobre cómo marcar la colaboración y conservar pruebas de que se hizo de forma correcta.
Supervisión real por parte de la CNMC
A partir de ahora, la CNMC puede solicitar información o abrir expedientes cuando detecte irregularidades, especialmente en casos de publicidad encubierta o mensajes dirigidos a menores. Esto obliga a que los acuerdos entre marcas y creadores sean más formales y trazables, no simples intercambios de mensajes en redes.
Un paso hacia la profesionalización del sector
Todo este marco legal empuja hacia una mayor profesionalización. Quienes viven de crear contenido deberán adoptar procesos más parecidos a los de un medio de comunicación: guiones revisados, contratos detallados, control de copy y coherencia de mensajes. Lejos de ser un obstáculo, este cambio aporta orden, confianza y credibilidad a las colaboraciones entre marcas e influencers.
Fechas que conviene recordar
- 2 de mayo de 2024: entra en vigor el Real Decreto 444/2024.
- Julio de 2024: finalizó el primer plazo de inscripción para los influencers que ya cumplían los requisitos.
- 1 de octubre de 2025: entra en vigor el nuevo Código de Conducta.
Una oportunidad para reforzar la credibilidad del sector
La Ley influencer no busca limitar la creatividad, sino ordenar un mercado que ya mueve millones.
Los creadores grandes deberán cumplir requisitos formales y registrarse; los medianos y pequeños, seguir buenas prácticas de transparencia.
Y las marcas —las verdaderas impulsoras del sector— deberán asegurarse de que todas las colaboraciones cumplen la norma.
En Prismalia ayudamos a marcas, agencias y creadores a adaptar sus estrategias a este nuevo marco: desde cómo redactar un briefing o contrato, hasta cómo aplicar el código de manera práctica en Instagram, TikTok o YouTube.
Porque cumplir la ley no es un obstáculo, es una forma de dar confianza y profesionalidad a tu marca.
Referencias:
- Real Decreto 444/2024: requisitos para UER – BOE – https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-8716
- RUECA (Consulta del Registro Estatal): búsqueda de UER – Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (Ministerio) – https://teleco.digital.gob.es/RUECAConsultas
- Usuarios de Especial Relevancia (UER): comunicación de datos para notificaciones – CNMC (Sede electrónica) – https://sede.cnmc.gob.es/tramites/audiovisual/usuarios-de-especial-relevancia-uer-comunicacion-de-datos
- Código de Conducta de publicidad a través de influencers (2025) – AUTOCONTROL / aea / IAB Spain – https://www.autocontrol.es/app/uploads/codigo-de-conducta-de-publicidad-a-traves-de-influencers-2025.pdf
- El Gobierno regula contenidos y publicidad de ‘influencers’ (umbrales de audiencia) – La Moncloa https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/transformacion-digital-y-funcion-publica/paginas/2024/070524-influencers-regulacion-contenidos-publicidad.aspx











